Artículo 186 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Documentos declarativos emanados de terceros
- Libro segundo. Actos procesales
- Título único. Actuación
- Capítulo IX. Documentos
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 186. DOCUMENTOS DECLARATIVOS EMANADOS DE TERCEROS. Los documentos privados de contenido declarativo emanados de terceros se apreciarán por el juez sin necesidad de ratificar su contenido, salvo que la parte contraria solicite su ratificación.
En esta sección
Capítulo IX. Documentos
- Art. 181Documentos rotos o alterados
- Art. 182Documentos que requieren solemnidad para la existencia o validez de un acto o contrato
- Art. 183Alcance probatorio
- Art. 184Instrumento público defectuoso
- Art. 185Alcance probatorio de los documentos privados
- Art. 186Documentos declarativos emanados de terceros
- Art. 187Documentos sin firma, firmados en blanco o con espacios sin llenar
- Art. 188Libros y papeles de comercio
- Art. 189Procedencia de la exhibición
- Art. 190Trámite de la exhibición
- Art. 191Renuencia y oposición a la exhibición
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