Artículo 20 del Código Penal Militar: Delitos

Código Penal MilitarLey 1407 de 2010

Artículo 20 del Código Penal Militar

Delitos

  1. Parte general
  2. Título II
  3. Capítulo único. De la conducta punible

Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026

ARTÍCULO 20. DELITOS. Los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública son los descritos en este Código, los previstos en el Código Penal común y en las normas que los adicionen o complementen.

En esta sección

Capítulo único. De la conducta punible

  1. Art. 20Delitos
  2. Art. 21Formas
  3. Art. 22Tiempo de la conducta punible
  4. Art. 23Modalidades de la conducta punible
  5. Art. 24Dolo
  6. Art. 25Culpa
  7. Art. 26Preterintención
  8. Art. 27Acción u omisión
  9. Art. 28Tentativa
  10. Art. 29Concurso de personas en la conducta punible
  11. Art. 30Autores
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