Código Penal MilitarLey 1407 de 2010

Artículo 1 del Código Penal Militar

Fuero militar

Texto vigente del artículo 1 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte general
  2. Título I. Normas rectoras de la ley penal militar
  3. Capítulo I. Ámbito de aplicación del Código

ARTÍCULO 1o. FUERO MILITAR. De los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las Cortes Marciales o los Tribunales Militares, con arreglo a las disposiciones de este Código. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro.

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