Artículo 83 del Código Nacional de Tránsito
Prohibición de llevar pasajeros en la parte exterior del vehículo
Texto vigente del artículo 83 de la Ley 769 de 2002 (Código de Tránsito), con sus modificaciones.
- Título III. Normas de comportamiento
- Capítulo III. Conducción de vehículos
ARTÍCULO 83. PROHIBICIÓN DE LLEVAR PASAJEROS EN LA PARTE EXTERIOR DEL VEHÍCULO. Ningún vehículo podrá llevar pasajeros en su parte exterior, o fuera de la cabina, salvo aquellos que por su naturaleza así lo requieran, tales como los vehículos de atención de incendios y recolección de basuras. No se permite la movilización de pasajeros en los estribos de los vehículos.
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