Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 1241 del Código Civil

Texto vigente del artículo 1241 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro tercero de la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
  2. Título V. De las asignaciones forzosas
  3. Capítulo III. De las legítimas y mejoras

ARTÍCULO 1241. Los legitimarios concurren y son excluidos y representados según el orden y reglas de la sucesión intestada.

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