Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1254 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1254 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles
  2. Título XII. De la cuenta corriente

ARTÍCULO 1254. Las remesas en cuenta corriente no son imputables al pago de los artículos que ésta comprenda.

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