Artículo 10 de la Ley 2136 de 2021
De los trámites y servicios
Texto vigente del artículo 10 de la Ley 2136 de 2021, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Capítulo II. De la política integral migratoria y las autoridades en materia migratoria
ARTÍCULO 10. DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS. El Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrán discrecionalmente crear, implementar, o suprimir trámites y servicios que se requieran, para el desarrollo de sus funciones misionales.
Los requisitos y procedimientos y costos de los trámites y servicios prestados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, serán definidos mediante acto administrativo, sin perjuicio de los acuerdos suscritos por el Estado colombiano en aplicación del principio de reciprocidad.
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