Artículo 61 de la Ley 1579 de 2012
Definición
Texto vigente del artículo 61 de la Ley 1579 de 2012, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Capítulo XIV. Cancelaciones en el registro
ARTÍCULO 61. DEFINICIÓN. La cancelación de un asiento registral es el acto por el cual se deja sin efecto un registro o una inscripción.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.