Artículo 55 de la Ley 1579 de 2012
Cierre de folios de matrícula
Texto vigente del artículo 55 de la Ley 1579 de 2012, con sus modificaciones.
- Capítulo X. Folio de matrícula inmobiliaria
ARTÍCULO 55. CIERRE DE FOLIOS DE MATRÍCULA. Siempre que se engloben varios predios o la venta de la parte restante de ellos o se cancelen por orden judicial o administrativa los títulos o documentos que la sustentan jurídicamente y no existan anotaciones vigentes, las matrículas inmobiliarias se cerrarán para el efecto o se hará una anotación que diga “Folio Cerrado”.
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