Artículo 392 del Código Sustantivo del Trabajo
Constancia en el acta, votación secreta
Texto vigente del artículo 392 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título I. Sindicatos
- Capítulo VI. Régimen interno
ARTICULO 392. CONSTANCIA EN EL ACTA, VOTACION SECRETA. Tanto en las reuniones de la asamblea general como de la Junta Directiva, cualquiera de los miembros tiene derecho a pedir que se hagan constar en el acta los nombres de los que estén presente en el momento de tomarse una determinación, y a pedir que la votación sea secreta. La no aceptación de una u otra solicitud vicia de nulidad el acto o votación.
En esta sección
Capítulo VI. Régimen interno
- Art. 387Representación de los socios en la asamblea
- Art. 388Condiciones para los miembros de la junta directiva
- Art. 389Empleados directivos
- Art. 390Periodo de directivas
- Art. 391Elección de directivas
- Art. 392Constancia en el acta, votación secreta
- Art. 393Libros
- Art. 394Presupuesto
- Art. 395Caución del tesorero
- Art. 396Depósito de los fondos
- Art. 397Contabilidad
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