Artículo 37 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Designación
Texto vigente del artículo 37 del nuevo Código Procesal del Trabajo, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro primero. Sujetos procesales
- Título cuarto. Auxiliares de la justicia
ARTÍCULO 37. DESIGNACIÓN. Para la reglamentación de la actividad de los auxiliares de la justicia se estará a lo reglamentado por el Consejo Superior de la Judicatura.
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