Artículo 120 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Decreto de la suspensión y sus efectos
Texto vigente del artículo 120 del nuevo Código Procesal del Trabajo, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro segundo. Actos procesales
- Título único. Actuación
- Capítulo IX. Amparo de pobreza
ARTÍCULO 120. DECRETO DE LA SUSPENSIÓN Y SUS EFECTOS. Corresponderá al juez que conoce del proceso resolver sobre la procedencia de la suspensión.
La suspensión del proceso producirá los mismos efectos de la interrupción a partir de la ejecutoria del auto que la decrete.
El curso de los incidentes no se afectará si la suspensión recae únicamente sobre el trámite principal.
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