Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 48 del Código Penal

La privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas

Texto vigente del artículo 48 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte general
  2. Título IV. De las consecuencias jurídicas de la conducta punible
  3. Capítulo I. De las penas, sus clases y sus efectos

ARTÍCULO 48. LA PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS. La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas inhabilitará al penado para el ejercicio de ambos derechos durante el tiempo fijado en la sentencia.

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