Artículo 172 del Código General del Proceso
Pruebas en días y horas inhábiles
Texto vigente del artículo 172 del Código General del Proceso (CGP), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro segundo. Actos procesales
- Título único. Pruebas
- Capítulo I. Disposiciones generales
ARTÍCULO 172. PRUEBAS EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES. El juez o el comisionado, si lo cree conveniente y con conocimiento de las partes, podrá practicar pruebas en días y horas inhábiles, y deberá hacerlo así en casos urgentes o cuando aquellas lo soliciten de común acuerdo.
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