Código General del ProcesoLey 1564 de 2012

Artículo 168 del Código General del Proceso

Rechazo de plano

Texto vigente del artículo 168 del Código General del Proceso (CGP), con sus modificaciones.

  1. Libro segundo. Actos procesales
  2. Título único. Pruebas
  3. Capítulo I. Disposiciones generales

ARTÍCULO 168. RECHAZO DE PLANO. El juez rechazará, mediante providencia motivada, las pruebas ilícitas, las notoriamente impertinentes, las inconducentes y las manifiestamente superfluas o inútiles.

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