Artículo 12 del Código de Procedimiento Penal
Lealtad
Texto vigente del artículo 12 del Código de Procedimiento Penal, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título preliminar. Principios rectores y garantías procesales
ARTÍCULO 12. LEALTAD. Todos los que intervienen en la actuación, sin excepción alguna, están en el deber de obrar con absoluta lealtad y buena fe.
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