Código de la Infancia y la AdolescenciaLey 1098 de 2006

Artículo 96 del Código de la Infancia y la Adolescencia

Autoridades competentes

Texto vigente del artículo 96 del Código de Infancia y Adolescencia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro I. La protección integral
  2. Título II. Garantía de derechos y prevención
  3. Capítulo IV. Procedimiento administrativo y reglas especiales

ARTÍCULO 96. AUTORIDADES COMPETENTES. Corresponde a los defensores de familia y comisarios de familia procurar y promover la realización y restablecimiento de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política y en el presente Código.

El seguimiento de las medidas de protección o de restablecimiento adoptadas por los defensores y comisarios de familia estará a cargo del respectivo coordinador del centro zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

En esta sección

Capítulo IV. Procedimiento administrativo y reglas especiales

  1. Art. 96Autoridades competentes
  2. Art. 97Competencia territorial
  3. Art. 98Competencia subsidiaria
  4. Art. 99Iniciación de la actuación administrativa
  5. Art. 100Trámite
  6. Art. 101Contenido del fallo
  7. Art. 102Citaciones y notificaciones
  8. Art. 103Carácter transitorio de las medidas de restablecimiento de derechos y de la declaratoria de vulneración
  9. Art. 104Comisión y poder de investigación
  10. Art. 105Entrevista del niño, niña o adolescente
  11. Art. 106Allanamiento y rescate
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