Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1653 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1653 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro quinto. De la navegación
  2. Título IX. Del transporte marítimo
  3. Capítulo III. Transporte de cosas por mar
  4. Sección III. Transporte a carga total o parcial

ARTÍCULO 1653. No estarán destinados al transporte los espacios internos de la nave que normalmente no sean utilizables para la carga, salvo expreso consentimiento del transportador y que no se opongan a ello razones de seguridad para la navegación.

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