Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1651 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1651 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro quinto. De la navegación
  2. Título IX. Del transporte marítimo
  3. Capítulo III. Transporte de cosas por mar
  4. Sección II. Transporte de mercancías bajo conocimiento

ARTÍCULO 1651. Las normas de esta Sección se aplicarán a la póliza de fletamento. No obstante, si en el caso de transporte regido por póliza de fletamento se expiden conocimientos, estos quedarán sometidos a las anteriores disposiciones.

Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.