Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 1432 del Código Civil

Texto vigente del artículo 1432 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro tercero de la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
  2. Título XI. Del pago de las deudas hereditarias y testamentarias

ARTÍCULO 1432. Los gastos necesarios para la entrega de las cosas legadas se mirarán como una parte de los mismos legados.

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