Artículo 1809 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 1809 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones.
- Parte segunda. De la aeronáutica
- Capítulo V. Infraestructura aeronáutica
ARTÍCULO 1809. Aeródromo es toda superficie destinada a la llegada y salida de aeronaves, incluidos todos sus equipos e instalaciones.
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