Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 2508 del Código Civil

Texto vigente del artículo 2508 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
  2. Título XL. De la prelación de créditos

ARTÍCULO 2508. La ley no reconoce otras causas de preferencia que las instituidas en los artículos precedentes.

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