Ley 1258 de 2008

Artículo 14 de la Ley 1258 de 2008

Autorización para la transferencia de acciones

Texto vigente del artículo 14 de la Ley 1258 de 2008, con sus modificaciones.

  1. Capítulo III. Reglas especiales sobre el capital y las acciones

ARTÍCULO 14. AUTORIZACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES. Los estatutos podrán someter toda negociación de acciones o de alguna clase de ellas a la autorización previa de la asamblea.

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