Artículo 14 de la Ley 1258 de 2008
Autorización para la transferencia de acciones
Texto vigente del artículo 14 de la Ley 1258 de 2008, con sus modificaciones.
- Capítulo III. Reglas especiales sobre el capital y las acciones
ARTÍCULO 14. AUTORIZACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES. Los estatutos podrán someter toda negociación de acciones o de alguna clase de ellas a la autorización previa de la asamblea.
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