Artículo 136 de la Ley 100 de 1993
Tratamiento tributario de los excedentes de libre disponibilidad
Texto vigente del artículo 136 de la Ley 100 de 1993, con sus modificaciones.
- Libro I. Sistema general de pensiones
- Título IV. Disposiciones comunes a los regímenes del sistema general de pensiones
- Capítulo IV. Disposiciones finales del sistema general de pensiones
ARTÍCULO 136. TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS EXCEDENTES DE LIBRE DISPONIBILIDAD. El retiro de los excedentes de libre disponibilidad, en la parte que corresponda a rentabilidad real de las cuentas de ahorro pensional, para fines diferentes a la financiación de pensiones, estará gravado con el impuesto sobre la renta.
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