Artículo 616-2 del Estatuto Tributario
Casos en los cuales no se requiere la expedición de factura
- Libro quinto. Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales
- Titulo II. Deberes y obligaciones formales
- Capitulo III. Otros deberes formales de los sujetos pasivos de obligaciones tributarias y de terceros
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTICULO 616-2. CASOS EN LOS CUALES NO SE REQUIERE LA EXPEDICIÓN DE FACTURA. No se requerirá la expedición de factura en las operaciones realizadas por bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y las compañías de financiamiento comercial. Tampoco existirá esta obligación en las ventas efectuadas por los responsables del régimen simplificado* **, y cuando se trate de la enajenación de bienes producto de la actividad agrícola o ganadera por parte de personas naturales, cuando la cuantía de esta operación sea inferior a $5.000.000 y en los demás casos que señale el Gobierno Nacional.
Los apartes tachados no están vigentes porque fueron derogados o declarados inexequibles. Los apartes subrayados han sido objeto de pronunciamientos de la Corte Constitucional.
En esta sección
Capitulo III. Otros deberes formales de los sujetos pasivos de obligaciones tributarias y de terceros
- Art. 614Obligación de informar el cese de actividades
- Art. 615Obligación de expedir factura
- Art. 615-1Obligaciones del agente retenedor en el impuesto sobre las ventas
- Art. 616Libro fiscal de registro de operaciones
- Art. 616-1Sistema de facturación
- Art. 616-2Casos en los cuales no se requiere la expedición de factura
- Art. 616-3Las empresas que elaboren facturas sin el cumplimiento de los requisitos previstos en las…
- Art. 616-4Proveedores tecnológicos, obligaciones e infracciones
- Art. 616-5Determinación oficial del impuesto sobre la renta y complementarios mediante facturación
- Art. 617Requisitos de la factura de venta
- Art. 618Obligación de exigir factura o documento equivalente
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