Artículo 287 del Código Sustantivo del Trabajo
Escuelas de alfabetizacion
Texto vigente del artículo 287 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Titulo IX. Prestaciones patronales especiales
- Capitulo IV. Escuelas y especializacion
ARTICULO 287. ESCUELAS DE ALFABETIZACION. Toda empresa está obligada a establecer y sostener una escuela de alfabetización por cada cuarenta (40) niños, hijos de sus trabajadores.
En esta sección
Capitulo IV. Escuelas y especializacion
- Art. 285Escuelas primarias
- Art. 286Estudios de especializacion tecnica
- Art. 287Escuelas de alfabetizacion
- Art. 288Reglamentacion
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