Artículo 570 del Código Penal Militar
Presentación de documentos
Texto vigente del artículo 570 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte IV. Prueba documental
ARTÍCULO 570. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. El documento podrá presentarse en original, o en copia autenticada, cuando lo primero no fuese posible o causare grave perjuicio a su poseedor.
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