Código ElectoralDecreto 2241 de 1986

Artículo 11 del Código Electoral

Texto vigente del artículo 11 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), con sus modificaciones.

  1. Título II. Organización electoral
  2. Capítulo II. Consejo nacional electoral

ARTICULO 11. El Consejo Nacional Electoral tendrá a su cargo la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral y en el ejercicio de estas atribuciones cumplirá las funciones que le asignen las Leyes y expedirá las medidas necesarias para el debido cumplimiento de éstas y de los Decretos que las reglamenten.

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