Artículo 16 del Código de Minas
Validez de la propuesta
Texto vigente del artículo 16 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.
- Título primero. Disposiciones generales
- Capítulo II. Derecho a explorar y explotar
ARTÍCULO 16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA. La primera solicitud o propuesta de concesión, mientras se halle en trámite, no confiere, por sí sola, frente al Estado, derecho a la celebración del contrato de concesión. Frente a otras solicitudes o frente a terceros, sólo confiere al interesado, un derecho de prelación o preferencia para obtener dicha concesión si reúne para el efecto, los requisitos legales.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.