Código de MinasLey 685 de 2001

Artículo 16 del Código de Minas

Validez de la propuesta

Texto vigente del artículo 16 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.

  1. Título primero. Disposiciones generales
  2. Capítulo II. Derecho a explorar y explotar

ARTÍCULO 16. VALIDEZ DE LA PROPUESTA. La primera solicitud o propuesta de concesión, mientras se halle en trámite, no confiere, por sí sola, frente al Estado, derecho a la celebración del contrato de concesión. Frente a otras solicitudes o frente a terceros, sólo confiere al interesado, un derecho de prelación o preferencia para obtener dicha concesión si reúne para el efecto, los requisitos legales.

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