Código de la Infancia y la AdolescenciaLey 1098 de 2006

Artículo 78 del Código de la Infancia y la Adolescencia

Requisitos de acreditación

Texto vigente del artículo 78 del Código de Infancia y Adolescencia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro I. La protección integral
  2. Título II. Garantía de derechos y prevención
  3. Capítulo II. Medidas de restablecimiento de los derechos

ARTÍCULO 78. REQUISITOS DE ACREDITACIÓN. Los requisitos de acreditación para organismos o agencias internacionales que presten servicios de adopción internacional deberán incluir la presentación de pruebas que indiquen una sólida situación financiera y un sistema efectivo de control financiero interno, así como auditoría externa. Se exigirá a los organismos acreditados y agencias internacionales que mantengan estados contables actualizados, para ser sometidos a la supervisión de la autoridad central tanto del Estado Receptor, como del Estado de Origen”.

En esta sección

Capítulo II. Medidas de restablecimiento de los derechos

  1. Art. 68Requisitos para adoptar
  2. Art. 69Adopción de mayores de edad
  3. Art. 70Adopción de niño, niña o adolescente indígena
  4. Art. 71Prelación para adoptantes colombianos
  5. Art. 72Adopción internacional
  6. Art. 73Programa de adopción
  7. Art. 74Prohibición de pago
  8. Art. 75Reserva
  9. Art. 76Derecho del adoptado a conocer familia y origen
  10. Art. 77Sistema de información de restablecimiento de derechos
  11. Art. 78Requisitos de acreditación
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