Artículo 2419 del Código Civil
- Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXXVI. Del contrato de prenda
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 2419. El acreedor es obligado a guardar y conservar la prenda, como buen padre de familia, y responde de los deterioros que la prenda haya sufrido por su hecho o culpa.
En esta sección
Título XXXVI. Del contrato de prenda
- Art. 2414Sin texto vigente
- Art. 2415Si la prenda no pertenece al que la constituye, sino a un tercero que no ha consentido en el…
- Art. 2416Si el dueño reclama la cosa empeñada sin su consentimiento, y se verificare la restitución, el…
- Art. 2417No se podrá tomar al deudor cosa alguna contra su voluntad para que sirva de prenda, sino por…
- Art. 2418Si el acreedor pierde la tenencia de la prenda, tendrá acción para recobrarla, contra toda…
- Art. 2419El acreedor es obligado a guardar y conservar la prenda, como buen padre de familia, y…
- Art. 2420El acreedor no puede servirse de la prenda sin el consentimiento del deudor. Bajo este…
- Art. 2421El deudor no podrá reclamar la restitución de la prenda, en todo o parte, mientras no haya…
- Art. 2422El acreedor prendario tendrá derecho de pedir que la prenda del deudor moroso se venda en…
- Art. 2423A la licitación de la prenda que se subasta podrán ser admitidos el acreedor y el deudor.
- Art. 2424Mientras no se ha consumado la venta y la adjudicación prevenidas en el artículo 2422, podrá…
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.
