Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 2346 del Código Civil

Responsabilidad por daños causados por impúberes

Texto vigente del artículo 2346 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
  2. Título XXXIV. Responsabilidad común por los delitos y las culpas

ARTÍCULO 2346. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS POR IMPÚBERES. Los menores de 12 años no son capaces de cometer delito o culpa; pero de los daños por ellos causados serán responsables las personas a cuyo cargo estén dichos menores, si a tales personas pudieren imputárseles negligencia.

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