Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 2204 del Código Civil

Texto vigente del artículo 2204 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
  2. Título XXIX. Del comodato o préstamo de uso

ARTÍCULO 2204. Sin embargo de lo dispuesto en el artículo precedente, si el comadato fuere en pro de ambas partes, no se extenderá la responsabilidad del comodatario sino hasta la culpa leve, y si en pro del comodante, sólo hasta la culpa lata.

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