Artículo 96 de la Ley 388 de 1997
Otorgantes del subsidio
Texto vigente del artículo 96 de la Ley 388 de 1997, con sus modificaciones.
- Capítulo X. Vivienda de interés social
ARTICULO 96. OTORGANTES DEL SUBSIDIO.
Son otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda, además de las entidades definidas en la Ley 3ª de 1991 y sus decretos reglamentarios, las instituciones públicas constituidas en las entidades territoriales y sus institutos descentralizados establecidos conforme a la ley y cuyo objetivo sea el apoyo a la vivienda de interés social en todas sus formas, tanto para las zonas rurales como urbanas.
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