Artículo 50A de la Ley 270 de 1996
Integración
Texto vigente del artículo 50A de la Ley 270 de 1996, con sus modificaciones.
- Título III. De las corporaciones y despachos judiciales
- Capítulo IV-A. De la jurisdicción agraria y rural
ARTÍCULO 50A. INTEGRACIÓN. La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia es el órgano de cierre de la Jurisdicción Agraria y Rural, sin perjuicio de las competencias que el artículo 237 de la Constitución Política de Colombia le asigna al Consejo de Estado.
2. DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS Y RURALES.
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