Artículo 51 de la Ley 2466 de 2025
Formación para la promoción de empleos verdes y azules
Texto vigente del artículo 51 de la Ley 2466 de 2025, con sus modificaciones.
- Título II. Relaciones individuales de trabajo
- Capítulo VI. Medidas para la transición justa hacia economías y sociedades ambientalmente sostenibles
ARTÍCULO 51. FORMACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE EMPLEOS VERDES Y AZULES. El Ministerio del Trabajo a través del SENA formará y capacitará a los trabajadores y trabajadoras en torno a procesos productivos y capacidades en nuevos empleos verdes y azules, o empleos alrededor de la ecologización y la automatización de procesos.
Esta capacitación se direccionará especialmente a:
a) Trabajadores y trabajadoras de los sectores económicos donde existe predominancia en su proceso de transición a empleo verde y azul, o se identifiquen posibles cierres por los procesos de transformación;
b) Como una medida correctiva con enfoque diferencial y de género que permita elevar la participación de las mujeres, los jóvenes y adultos mayores en estos nuevos empleos verdes y azules para la transición justa. Estos procesos formativos también se destinarán a grupos de mujeres y otros grupos en condición de vulnerabilidad que actualmente se encuentren desempleados o en informalidad.
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