Artículo 56 de la Ley 2220 de 2022
Suspensión del término de caducidad o prescripción
Texto vigente del artículo 56 de la Ley 2220 de 2022, con sus modificaciones.
- Título II. Del procedimiento conciliatorio
- Capítulo I. Del procedimiento conciliatorio en asuntos privados de la solicitud, la citación y la audiencia de conciliación
ARTÍCULO 56. SUSPENSIÓN DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD O PRESCRIPCIÓN. La presentación de la solicitud de conciliación extrajudicial en derecho suspende el término de prescripción o de caducidad, según el caso, hasta que suscriba el acta de conciliación, se expidan las constancias establecidas en la presente ley o hasta que se venza el término de tres (3) meses, o la prórroga a que se refiere el artículo 60 de esta ley, lo que ocurra primero.
Esta suspensión operará por una sola vez y será improrrogable.
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