Artículo 37 de la Ley 2136 de 2021
Promoción de la ley retorno en el exterior
Texto vigente del artículo 37 de la Ley 2136 de 2021, con sus modificaciones.
- Capítulo IV. Acompañamiento a la población retornada
ARTÍCULO 37. PROMOCIÓN DE LA LEY RETORNO EN EL EXTERIOR. El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de Colombia Nos Une y en coordinación con las Oficinas Consulares, promoverá el conocimiento de la Ley 1565 de 2012, la cual establece incentivos de carácter aduanero, tributario y financiero, concernientes al retorno de los colombianos. Asimismo, brindará acompañamiento integral a aquellos que voluntariamente desean retornar al país, acorde a los diferentes tipos de retorno existente.
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