Ley 1676 de 2013

Artículo 43 de la Ley 1676 de 2013

Requisitos de la inscripción de la garantía mobiliaria de adquisición

Texto vigente del artículo 43 de la Ley 1676 de 2013, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Título III. Oponibilidad
  2. Capítulo VIII. Conversión de una garantía mobiliaria

ARTÍCULO 43. REQUISITOS DE LA INSCRIPCIÓN DE LA GARANTÍA MOBILIARIA DE ADQUISICIÓN. Para que una garantía mobiliaria de adquisición sea oponible, deberá estar inscrita en el registro, y el formulario de inscripción registral deberá hacer referencia al carácter especial de esta garantía mobiliaria, incluyendo una descripción de los bienes gravados por la misma.

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