Estatuto de Arbitraje Nacional e InternacionalLey 1563 de 2012

Artículo 51 de la Ley 1563 de 2012

Reglamentos de los centros de arbitraje

Texto vigente del artículo 51 de la Ley 1563 de 2012, con sus modificaciones.

  1. Capítulo VI. Centros de arbitraje

ARTÍCULO 51. REGLAMENTOS DE LOS CENTROS DE ARBITRAJE. Cada centro de arbitraje expedirá su reglamento, sujeto a la aprobación del Ministerio de Justicia y del Derecho, que deberá contener:

1. El procedimiento para la conformación de las listas de árbitros, amigables componedores y secretarios, los requisitos que ellos deben reunir, las causas de su exclusión, los trámites de inscripción, y la forma de hacer su designación.

2. Las tarifas de honorarios de árbitros y secretarios.

3. Las tarifas de gastos administrativos.

4. Los mecanismos de información al público en general relativa a los procesos arbitrales y las amigables composiciones.

5. Las funciones del director.

6. La estructura administrativa.

7. Las reglas de los procedimientos arbitrales y de amigable composición, con el fin de que estos garanticen el debido proceso.

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