Ley 1448 de 2011

Artículo 22 de la Ley 1448 de 2011

Acción de repetición y subrogación

Texto vigente del artículo 22 de la Ley 1448 de 2011, con sus modificaciones.

  1. Título I. Disposiciones generales
  2. Capítulo II. Principios generales

ARTÍCULO 22. ACCIÓN DE REPETICIÓN Y SUBROGACIÓN. El Estado deberá ejercer las acciones de repetición y aquellas en las que se subrogue de conformidad con la ley, contra el directamente responsable del delito según se determine en el proceso judicial correspondiente.

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