Artículo 23 de la Ley 1258 de 2008
Fraccionamiento del voto
Texto vigente del artículo 23 de la Ley 1258 de 2008, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Capítulo IV. Organización de la sociedad
ARTÍCULO 23. FRACCIONAMIENTO DEL VOTO. Cuando se trate de la elección de juntas directivas o de otros cuerpos colegiados, los accionistas podrán fraccionar su voto.
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