Artículo 812 del Estatuto Tributario
Mora en el pago de los impuestos nacionales
Texto vigente del artículo 812 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro quinto. Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales
- Título VII. Extinción de la obligación tributaria
- Capítulo II. Formas de extinguir la obligación tributaria
ARTICULO 812. MORA EN EL PAGO DE LOS IMPUESTOS NACIONALES. El no pago oportuno de los impuestos, anticipos y retenciones, causa intereses moratorios en la forma prevista en los artículos 634 y 635.
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