Estatuto TributarioDecreto 624 de 1989

Artículo 65 del Estatuto Tributario

Métodos de valoración de inventarios

Texto vigente del artículo 65 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro primero. Impuesto sobre la renta y complementarios
  2. Título I. Renta
  3. Capítulo II. Costos

ARTÍCULO 65. MÉTODOS DE VALORACIÓN DE INVENTARIOS. Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, los métodos de valoración de inventarios, esto es, las fórmulas de cálculo del costo y técnicas de medición del costo, serán las establecidas en la técnica contable, o las que determine el Gobierno nacional.

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