Artículo 334 del Estatuto Tributario
Facultades de fiscalización
Texto vigente del artículo 334 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro primero. Impuesto sobre la renta y complementarios
- Título V
- Capítulo I. Determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales
ARTÍCULO 334. FACULTADES DE FISCALIZACIÓN. Para efectos del control de los costos y gastos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adelantará programas de fiscalización para verificar el cumplimiento de los criterios establecidos en el Estatuto Tributario para efectos de su aceptación.
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