Artículo 152 del Código Sanitario Nacional
Texto vigente del artículo 152 de la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario), con sus modificaciones.
- Título III. Salud ocupacional
ARTICULO 152. El Ministerio de Salud deberá establecer las normas y reglamentaciones que se requieran para la protección de la salud y la seguridad de las personas contra los riesgos derivados de las radiaciones ionizantes y adoptar las medidas necesarias para su cumplimiento.
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