Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 460 del Código Penal

Actos contrarios a la defensa de la Nación

Texto vigente del artículo 460 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título XVII. Delitos contra la existencia y seguridad del estado
  3. Capítulo I. De los delitos de traición a la patria

ARTÍCULO 460. ACTOS CONTRARIOS A LA DEFENSA DE LA NACIÓN. El que en guerra, hostilidad o conflicto armado con nación extranjera, realice acto que propicie la deserción o cualquier otro delito contra el servicio de las fuerzas armadas del país o dificulte la defensa del Estado, incurrirá en prisión de ochenta (80) a doscientos setenta (270) meses.

En esta sección

Capítulo I. De los delitos de traición a la patria

  1. Art. 455Menoscabo de la integridad nacional
  2. Art. 456Hostilidad militar
  3. Art. 457Traición diplomatica
  4. Art. 458Instigación a la guerra
  5. Art. 459Atentados contra hitos fronterizos
  6. Art. 460Actos contrarios a la defensa de la Nación
  7. Art. 461Ultraje a emblemas o simbolos patrios
  8. Art. 462Aceptación indebida de honores
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