Directorio de normas jurídicas de Colombia, artículo por artículo

Normas actualizadas
Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 458 del Código Penal

Instigación a la guerra

Texto vigente del artículo 458 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título XVII. Delitos contra la existencia y seguridad del estado
  3. Capítulo I. De los delitos de traición a la patria

ARTÍCULO 458. INSTIGACIÓN A LA GUERRA. El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, o el extranjero que deba obediencia al Estado, que realice actos dirigidos a provocar contra Colombia guerra u hostilidades de otra u otras naciones, incurrirá en prisión de ciento sesenta (160) a trescientos sesenta (360) meses.

Si hay guerra o se producen las hostilidades, la pena imponible se aumentará hasta en una tercera parte.

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