Artículo 276 del Código Penal
Emisiones ilegales
Texto vigente del artículo 276 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte especial de los delitos en particular
- Título IX. Delitos contra la fe pública
- Capítulo I. De la falsificación de moneda
ARTÍCULO 276. EMISIONES ILEGALES. El servidor público o la persona facultada para emitir moneda que ordene, realice o permita emisión en cantidad mayor de la autorizada, haga o deje circular el excedente, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ochenta (180) meses, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.
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