Artículo 185 del Código Penal
Circunstancias de agravación punitiva
Texto vigente del artículo 185 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones.
- Parte especial de los delitos en particular
- Título III. Delitos contra la libertad individual y otras garantías
- Capítulo V. De los delitos contra la autonomía personal
ARTÍCULO 185. CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN PUNITIVA. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando:
1. La conducta tenga como finalidad obtener el ingreso de personas a grupos terroristas, grupos de sicarios, escuadrones de la muerte o grupos de justicia privada.
2. Cuando la conducta se realice respecto de menores de dieciocho (18) años, de miembros activos o retirados de la fuerza pública u organismos de seguridad del Estado.
3. En los eventos señalados en el artículo 183.
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